Miguel Campins Rahan
General de Brigada de Infantería DEM
a hace algún tiempo que vienen observándose en círculos
políticos y mediáticos diversos comentarios
sobre el laicismo, la aconfesionalidad del Estado español
y otros temas relacionados, que, a mi juicio,
esconden numerosos errores sobre su terminología,
con frecuencia tendenciosos. Pero, más recientemente,
estamos incluso asistiendo a un nuevo impulso
tras el anuncio de un proyecto de ley sobre
libertad religiosa, desde luego más grave para nuestra
sociedad por lo que puede suponer contra nuestra
libertad y contra nuestra propia legalidad
constitucional. Trataré de justificar ambos aspectos.
Comenzando por el aspecto terminológico, he de
partir de lo que significa el término laico según nuestro
DRAE, que no siempre parece respetarse en aquellos
comentarios. Como bien define el diccionario,
esta palabra tiene dos acepciones; la primera, la de
no pertenecer al clero; la segunda, la de expresar un
carácter aconfesional. Conviene añadir aquí que la
primera acepción, que es la más antigua por ser la que
comenzó a utilizar la propia Iglesia para designar a
los que no habían recibido el orden sacerdotal, se tradujo
inicialmente al castellano por el término lego,
para sustituirlo en el siglo XIX por el actual laico. Y
esto fue así, tanto por clarificar nuestra lengua para
diferenciar con este término el significado que también
tenía y sigue teniendo el de lego, “no profesar letras
o conocimientos”, pues no debía lógicamente
extenderse a la condición de seglar por el hecho de no
ser clérigo, como por recoger también la segunda
acepción citada, ante la separación entre Iglesia y Estado
que propagó la revolución francesa.
Una primera consecuencia de aquellas acepciones
es que nadie debe menospreciar el calificativo de
laico, porque todas las personas que no sean clérigos
son laicas por su naturaleza cualesquiera fueran sus
creencias. En cuanto a las organizaciones o colectividades,
son laicas las que, además de no pertenecer
al clero, renuncian expresamente a conducirse colectivamente
por credo alguno, con independencia del
respeto que deben tener hacia el que tuvieran sus integrantes,
como lógica consecuencia de su propia
neutralidad. Así, si se trata de un grupo político que
se autodenomine “cristiano” o “islámico”, por ejemplo,
es evidente que no se trata de una organización
laica, mientras que si además de no aludir a ninguna
creencia sus estatutos establecen el carácter aconfesional
del mismo, se está expresando que su conducta
pública no se guiará por ningún credo, sin perjuicio
de que sus militantes pudieran tener el suyo propio.
Este mismo criterio es aplicable a un Estado y a sus
instituciones oficiales, si su respectiva Constitución o
norma legal equivalente expresara dicho carácter.
Pero el problema terminológico viene al sustantivar
el adjetivo laico, pues surgen entonces dos términos
ampliamente usados, laicidad y laicismo,
mientras que nuestro diccionario sólo reconoce el segundo,
al que da también el significado de aconfesional.
No pretendo corregir a nuestra Academia
sobre la ausencia del primero, máxime cuando al significar
el segundo por aconfesional, parece innecesario
ya el añadir también el de laicidad. Pero ocurre
que el término aconfesional sí parece sujeto a interpretación,
sobre todo entre ciertos ambientes que lo
interpretan como anticonfesional, es decir, como
contrario a todo tipo de creencias, con lo que rechazan
en definitiva la protección que sí debieran tener
las creencias de los ciudadanos y su libertad para
manifestarlas. Es precisamente esta errónea interpretación
lo que justifica la diferenciación entre laicidad
y laicismo, posiblemente basada en que
cuando uno de los sustantivos tiene el sufijo ismo
denota un significado de extremismo respecto al que
no lo tiene, igual que ocurre con su calificativo derivado
laicista, para diferenciarlo por la misma
razón del calificativo laico.

Y
Es por tanto esta diferencia entre laicidad y laicis-
mo
la que yo utilizo en estas reflexiones, porque
me parece muy clara en su denominación, aun-
que
aceptando de antemano que el único objeto
que se
pretende con ello es el diferenciar entre la
interpretación
aconfesional de la primera frente
al
anticonfesional
de la segunda. Y para apoyar tam-
bién la
importancia de esta diferencia interpreta-
tiva, traigo
aquí como referencia lo que las dos fi-
guras públicas posiblemente más cercanas a este
debate, como son
el Presidente de la República
francesa y el Papa Benedicto
XVI, dijeron sobre
el
tema con ocasión de la
visita del primero a
San
Juan de Letrán, en diciembre
del 2007, y la pos-
terior visita a Francia del Pontífice.
El primero,
que defendió la laicidad del Estado por
ser su
país
quien primero la implantó, matizó que “la
laicidad bien entendida” debía entenderse como
postura
aconfesional de los asuntos públicos en
materia
de credo religioso, sin menoscabo de la
obligación
de ese mismo Estado en proteger las creencias de sus
ciudadanos, a quienes se les daba así una muestra de
protección de su libertad en materia religiosa. Por su
parte, Benedicto XVI no sólo trató elogiosamente las
manifestaciones de aquél sobre este asunto, sino que
recordó la posición formulada por la Iglesia en el
Concilio Vaticano, a la que designó como “interpretación
positiva de la laicidad”, actitud que además
justificó sin ambages el propio Pontífice.
Y esto es así porque, a diferencia de épocas ya históricas
donde era habitual la confesionalidad del Estado,
coincidente siempre con la de su rey o jefe, en el
mundo moderno, al menos en el occidental, la laicidad
es una norma habitual del Estado que, con razón, se
esgrime como un avance social en las democracias
occidentales. Y no sólo porque las inmi-
Y
Al día
...NINGÚN CREYENTE DEBE OBRAR
EN CONTRA DE SU CONCIENCIA...
...LAICIDAD ES LA SITUACIÓN LEGAL
Y LÓGICA DE NUESTRA SOCIEDAD...

graciones han
provocado la existencia de varias religiosidades en un
mismo país, aunque pueda seguir habiendo una dominante,
sino porque ningún gobierno ni institución
oficial puede pretender que obra siguiendo los principios
de una determinada fe, entre otras razones porque
ello sería inmiscuirse en lo que es responsabilidad de
la Iglesia correspondiente. Es indudable que ningún
creyente debe obrar en contra de su conciencia, pero
ello no implica que su actuación política esté basada
en la doctrina religiosa correspondiente.
La laicidad, así entendida, es por tanto una auténtica
muestra de libertad, de la libertad de los ciudadanos
para creer o no creer, de practicar una u otra
religión, de elegir la formación que crean más conveniente
para sus hijos, de manifestarse según su
propia religiosidad; y también de que el Estado proteja
esa misma libertad, que no discrimine por motivos
religiosos, y que respete todos los cultos,
especialmente cuando una mayoría de su población
profesa alguno determinado.
Aún podrían añadirse otras razones para justificar
la protección del Estado. Una, filosófica, es el hecho
de lo trascendente que caracteriza a cualquier religión,
que aunque objetivamente ajena a la función
pública, interesa en todo caso proteger por cuanto es
una garantía frente a potenciales totalitarismos y
frente a la desesperanza por los errores humanos,
como la Historia nos demuestra. La otra, más costumbrista,
es la que ocurre cuando una determinada
religión, como la católica en el caso español, forma
parte de su historia y de su cultura. Nuestro calendario,
nombres, festividades y costumbres, arquitectura,
representaciones artísticas y literarias, y hasta
nuestro paisaje, están impregnados de esa realidad,
verdadera muestra histórica y actual de nuestra identidad.
¿Cómo no proteger esta seña de identidad nacional?
Es por ello que nuestra Constitución, lógicamente,
añade a “la aconfesionalidad del Estado español”, “la
cooperación con la Iglesia católica y demás religiones de los españoles” (singulariza el caso de la religión
católica). En definitiva, la laicidad es la situación legal
y lógica de nuestra sociedad, como lo es de la inmensa
mayoría de los países avanzados.

...NADIE DEBE MENOSPRECIAR
EL CALIFICATIVO DE LAICO...
¿Qué es entonces
lo que ahora vemos
en España sobre este
tema? Pues unas
ganas de cambiar la
situación legal y lógica
que tenemos,
promovida por determinados
individuos
y grupos que se
manifiestan abiertamente
como laicistas,
y que no es sólo
que promuevan el
agnosticismo como
obligada conducta
pública, sino un
“anticatolicismo”
como objetivo principal
de su animosidad.
Es un laicismo
“a la española” que,
tal vez por la reacción habitual de ciertos grupos a
todo lo que recuerde al franquismo (régimen que tuvo
carácter confesional respecto a la Iglesia católica), en
parte también por ese interés del marxismo histórico
en despojar de nuestros valores a la sociedad española,
y desde luego por la ignorancia o pasividad de numerosos
sectores de nuestra sociedad (en la que el número
de agnósticos es desgraciadamente creciente), pretenden
suprimir diversas manifestaciones cristianas plenamente
asentadas en nuestra historia y nuestras
costumbres. En ocasiones, la excusa es el “modernizar”
el Tratado con la Santa Sede; en otras, el preservar
el carácter laico de la función pública, como si la
laicidad estuviera reñida con la protección de la libertad
religiosa; en otras, incluso, el comparar la situación
de la Iglesia católica en España con la de otras
confesiones (con lo que no sólo menosprecian nuestra
identidad histórica, sino que desprotegen a la mayoría
de nuestra sociedad actual). Pero, en todos los casos,
obviando la lógica de la verdadera laicidad, a lo que
puede añadirse su intención ilegal y antiespañola.
LAICIDAD,
LAICISMO Y
LIBERTAD
Personalmente, no creo que tales intentos fructifiquen
a corto plazo en cuanto a nuestras costumbres, aunque
tengo mis dudas sobre lo que podrá ocurrir en un futuro
si no se produce una reacción social adecuada que,
como mínimo, necesitará de una más sólida formación.
Formación que, si en los creyentes no parece que sea
hoy muy fructífera, ¿qué será de futuras generaciones
a las que no se obliga siquiera a estudiar la asignatura
de Religión? Sin duda, confunden ellos y sus padres la
labor catequética de parroquias y colegios religiosos,
con el mero conocimiento cultural de los fundamentos de la historia de los pueblos, en general, y del español
en particular, pero el hecho es que ocasionan una obligada
ignorancia de la juventud en tema tan trascendental,
además de privárseles de la libertad de elegir o
de profundizar, por propia convicción, en su personal
fe. Por ello mis dudas sobre el futuro.
Pero en cuanto al presente, hay ya indicios suficientes
de que la actual influencia dominante pretende cortar
también nuestra libertad religiosa comenzando por
los ámbitos sujetos al poder gobernante, como hemos
visto recientemente con el debate sobre los crucifijos
en las escuelas públicas, y como ahora parece potenciarse
con ese anuncio de una próxima ley, mal llamada
de libertad religiosa, porque lo que se pretende
es precisamente cercenar esa misma libertad, al menos
en las instituciones oficiales y en los funcionarios que
las sirven. Podrán pensar algunos que las exigencias
constitucionales de tener nuestro Estado un carácter
aconfesional y de tener que proteger las creencias ciudadanas
actuará como escudo contra estas tendencias
contrarias, pero me temo que la manoseada independencia
del poder judicial mostrará nuevamente su fragilidad
ante la presión gubernativa y de otros sectores
sociales, máxime ante la posible excusa de otra interpretación
del significado “aconfesional”.
Sin descartar a otras instituciones oficiales, como
militar que soy y por dirigirme con esta reflexiones especialmente
a nuestros veteranos, quiero recordar aquí
el esfuerzo que ya realizan otros compañeros en el
Apostolado Castrense, y muy especialmente el encomiable
trabajo y difusión de pensamiento realizado por
el Teniente General Javier Pardo de Santayana, frecuente
colaborador de esta revista, quien nos alertó recientemente
de la posibilidad de que esa ley pretenda
también hacer desaparecer la asistencia religiosa a
nuestras FAS, asistencia que ha sido siempre tradicional
en España como en nuestros aliados, y que de llevarse
a la práctica constituiría, no sólo una clara
privación de la libertad religiosa que como todo ciudadano
también deben tener los militares, especialmente
cuando están realizando misiones en el exterior,
sino un arma letal contra la formación moral que, cualquiera
que fuesen las creencias personales, necesitarán
siempre los integrantes de las FAS.
Me gustaría que estos sombríos pronósticos contra
nuestra libertad religiosa, en general, y contra la formación
de nuestras FAS en particular, no llegaran a
cumplirse ni en el futuro próximo ni en el lejano.
Pero me temo que eso sólo será evitable, como en
tantas otras áreas de la vida, si estamos dispuestos a
seguir luchando, cada uno desde su puesto en la sociedad,
por construir positivamente el futuro que
queremos, y no contentarnos sólo con lamentarnos
por el que otros nos pretendan imponer.
LAICIDAD,
LAICISMO Y
LIBERTAD