LOS LÍMITES

Ignacio Martínez Eiroa
Teniente General del Ejército del Aire
DESDE MUY ANTIGUO

SE HAN RECONOCIDO

DERECHOS FUNDAMENTALES

(DERECHO A LA VIDA;

A LA LIBERTAD PERSONAL;

A LA LIBERTAD DE CONCIENCIA…)

Y SE PROMULGARON LEYES QUE

LOS REGULABAN, PERO NUNCA SE

HAN RESPETADO EN TODOS LOS

PAÍSES NI SIQUIERA EN TODA

LA HISTORIA DE UN SOLO PAÍS

Soy, Señor, vuestro vasallo, vos sois mi rey en la tierra; a vos ordenar os cumple de mi vida y de mi hacienda. Vuestro soy, vuestra es mi casa; de mi disponed y de ella; pero no toquéis mi honra y respetad mi conciencia”. Así hablaba el Conde de Benavente a su emperador Carlos I de España, según nos cuenta el Duque de Rivas en su romance “Un castellano leal”.

El Conde de Benavente recordaba a su emperador que en las fronteras de la conciencia debe detenerse todo poder.

Y nos preguntamos ¿qué es la conciencia?

Según el Diccionario: “Conocimiento interior del bien que debemos hacer y del mal que debemos evitar”. Esta definición implica conocimiento e inclinación hacia el bien, y conocimiento y rechazo del mal. “Conocimiento interior”, algo que va más allá del intelecto, que es más profundo, que penetra en el espíritu del hombre por la vía de la inteligencia pero invade la totalidad del ser y condiciona su manera de proceder. Saber, no basta. Un chimpancé bien adiestrado puede distinguir un cono de un cilindro pero no puede distinguir el bien del mal. Y un ser humano puede distinguir el bien del mal, pero si no se siente más atraído por el uno que por el otro su humanidad es sólo aparente.

El hombre ha sido creado para el bien y la conciencia debe ser el faro que ilumine su camino, y la ciudadela inexpugnable donde resida su libertad, y ante cuyos muros todo poder debe detenerse. Los enemigos de la conciencia son los enemigos de la libertad del hombre. Son los principales, la debilidad propia, y el poder cuando no está limitado por la Ley. (“El amor a la libertad es amor al prójimo, el amor al poder es amor a sí mismo”. William Hazlitt).

EN LA SOCIEDAD EN QUE VIVIMOS SERÍA DESEABLE QUE TANTO LA

“DECLARACIÓN” DE MOISÉS –QUE ES MÁS COMPLETA– COMO LA DE LA

ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, SE IMPARTIERAN EN LAS

ESCUELAS, SIN RECORTES NI AÑADIDOS –QUE CUANDO NO SON

SUPERFLUOS SON SECTARIOS–, PUES NO DEBEMOS OLVIDAR QUE AMBAS

ACTÚAN EN EL ÁMBITO DE LAS CREENCIAS NO EN EL DE LOS CONOCIMIENTOS,

Y NO SON, POR TANTO, COMPETENCIA DEL ESTADO.
del poder
del poder

La debilidad propia puede superarse. Como se templa el acero se puede templar el carácter. Es cierto que nacemos con un mapa genético único e irrepetible, indeleble en cuanto atañe a los caracteres físicos –el que nace con los ojos azules, muere con los ojos azules– pero que no lo es tanto en lo que se refiere a los rasgos morales. El carácter se modela y el modelado empieza el primer día que vemos la luz. De los principios morales que se inculquen en la mente de los niños depende el futuro de los pueblos.

Cuando el Poder no conoce límites es el mayor enemigo de las conciencias, que es tanto como decir de la libertad y dignidad humanas. Se cumple entonces la conocida sentencia de Lord Acton: “El poder corrompe y el poder absoluto corrompe absolutamente”. Pues todo poder absoluto tiende al totalitarismo, de ahí la necesidad de tres poderes independientes para que se equilibren mutuamente, y de que Montesquieu sobreviva al paso del tiempo pese a los que quieren sepultarlo.

Es bien conocido el pasaje del Evangelio de San Mateo (22, 17-21): “¿Es o no es lícito pagar tributo al César? –Ensañadme la moneda con que se paga el tributo– Y ellos le mostraron un denario- Y Jesús les dijo ¿de quien es esta imagen? –Le responden: de César– Pues dad a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios”.

LOS LÍMITES
                  LO IDEAL SERÍA QUE EN TODAS LAS ESCUELAS DEL

                  MUNDO, COMO COMPLEMENTO DE LA EDUCACIÓN

                  FAMILIAR, SE PROCURASE INCULCAR A LOS NIÑOS

                  LOS PRINCIPIOS MORALES QUE LOS CONVIRTIESEN

                  EN SERES HUMANOS DIGNOS DE TAL NOMBRE,

                  EN PERSONAS “JUSTAS Y BENÉFICAS”
La tragedia de los pueblos se origina cuando César lo quiere todo, cuando no reconoce límites a su poder. Cuando la Ley, que es de César, suplanta a la Justicia, que es de Dios.

Cuando el productor Cecil B. de Mille presentó su película “Los Diez Mandamientos” ante una prestigiosa y nutrida asamblea dijo,  entre otras  cosas:  “El tema
de esta película trata de si el hombre debe regirse por la Ley de Dios, o si debe regirse por los caprichos de un dictador como Ramsés. ¿Son los hombres propiedad del Estado o son espíritus libres bajo la Ley de Dios? Esta misma batalla continua hoy en todo el mundo”.

“Los Diez Mandamientos” se estrenó hace muchos años –aunque no tantos como el imperio de Ramsés (siglo XIV a.C)– y la batalla continúa. Y Ramsés se reproduce en cada hombre que elevado al poder convierte su capricho en ley.

En aquella ocasión Cecil B. de Mille estaba obligado a citar Los Diez Mandamientos pues eran el tema de su película, cuyo argumento se basaba en los escritos de los antiguos historiadores y en el Pentateuco. Sabemos que una película no es artículo de fe y que los Libros Sagrados no son aceptados universalmente, pero, aún así, es fuerza reconocer que Los Diez Mandamientos son la más concisa, completa y clara declaración de los derechos humanos que jamás se ha escrito, y que seguirían siendo igualmente válidos aunque Dios no existiera. Si los habitantes de cualquier lugar del mundo ajustaran a ellos su conducta ese lugar sería, sin duda, la morada de la paz. Tal lugar no existe. Sin embargo, siempre hubo seres humanos, de las más variadas creencias, que trataron de hallarlo y se esforzaron en acercarse a él. A nivel personal, algunos lo consiguieron. No ha ocurrido lo mismo, por desgracia, a pesar de los repetidos intentos, con las colectividades humanas, con los clanes, las tribus, los países o las naciones, y los hombres encargados de dirigir sus destinos. La sombra de Ramsés siempre amenaza a los pueblos.

Desde muy antiguo se han reconocido derechos fundamentales (derecho a la vida; a la libertad personal; a la libertad de conciencia….) y se promulgaron leyes que los regulaban, pero nunca se han respetado en todos los países ni siquiera en toda la historia de un solo país. En España, fue Alfonso IX, en el siglo XII, el primero que reconoció estos derechos por decreto. Más tarde Isabel la Católica, con las Leyes de Indias, y Francisco de Vitoria, considerado el fundador del Derecho Internacional, y Francisco Suárez con sus tratados “Derecho Natural” y “Derecho de Gentes” abrieron un camino prometedor cuyo fin está aún muy lejos de alcanzarse.

El 10 de Diciembre de 1948 –festividad de la Virgen de Loreto– la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos y pidió a todos los países miembros que el texto de la Declaración fuera “distribuido, expuesto, leído, y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios”.

Volvamos ahora a la definición de conciencia:

“Conocimiento interior del bien que debemos hacer y del mal que debemos evitar”. Es decir: conocimiento y acción. El conocimiento del bien y el mal, y la inclinación hacia el bien son los cimientos del carácter de la persona, cuya construcción se inicia el día de su nacimiento y cuyos artífices principales son los padres –en el noble oficio de alfareros pues, con la colaboración de otros, van a modelar la figura más importante de cuantas existen sobre la Tierra.

Lo ideal sería que en todas las escuelas del Mundo, como complemento de la educación familiar, se procurase inculcar a los niños los principios morales que los convirtiesen en seres humanos dignos de tal nombre, en personas “justas y benéficas”, como proclamaba la Constitución de 1812 refiriéndose a los españoles.

En la sociedad en que vivimos sería deseable que tanto la “declaración” de Moisés –que es más completa– como la de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se impartieran en las escuelas, sin recortes ni añadidos –que cuando no son superfluos son sectarios–, pues no debemos olvidar que ambas actúan en el ámbito de las creencias, no en el de los conocimientos, y no son, por tanto, competencia del Estado.

La “Declaración Universal de los Derechos Humanos” tiene, como es sabido, treinta artículos. Me voy a permitir copiar los más relacionados con lo escrito:

Artículo 1º. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 3º. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 18º. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su
creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el
culto y las observancia.

Artículo 25º, 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos
los niños nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26º, 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que
habrá de darse a sus hijos.

Artículo 30º. Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere
derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar
actividades o realizar actos que tiendan a la supresión de cualquiera de los derechos
y libertades proclamados en esta Declaración.

Ahora bien, igual que el Estado debe reconocer los límites de su
poder, el individuo debe reconocer los de su libertad. El
equilibrio entre deberes y derechos es el signo de
identidad de una sociedad justa.

El Conde de Benavente acató la orden de su Emperador
–“vuestro soy, vuestra es mi casa”–, sin traicionar
su conciencia, “a la lealtad castellana levantando
un monumento”.

En cuanto a la creación de la personalidad hay dos aspectos que conviene distinguir: la formación y la información. El ser y el saber. Esencial, es el primero. Ser un hombre bueno, es más importante que ser un hombre sabio. La formación es substantiva, la información es adjetiva. La formación se mama, la información, se adquiere. Con respecto a la formación del carácter la escuela debe complementar a la familia, pero nunca suplantarla. La distancia que hay entre el ser y el saber, es la que separa las creencias, –los principios morales–, de los conocimientos. Las creencias son de Dios, los conocimientos son de César.

Como escribí más arriba, los Diez Mandamientos podrían adoptarse como una norma de conducta universal y eterna con independencia de su origen o procedencia, en la seguridad de que todos los humanos seríamos un poco más felices y algo menos desgraciados. A todos nos gustaría vivir con la convicción de que nunca seríamos engañados, ni robados, ni asesinados, y que cualquier ser humano nos vería como un hermano suyo y así veríamos nosotros a los demás. Una fórmula que parece simple y fácil de enseñar a los niños, y que podría estar escrita en todas las paredes de todas las escuelas del Mundo sin que nadie se sintiera ofendido. De hecho no es así. Sin embargo, y como prueba de la buena voluntad de muchos, se aprueban y publican otros textos, como la citada “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, con la recomendación de que sea leída y comentada en las escuelas como parte de la formación de los niños.